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Legislación › Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.

Artículo 10. Estructura.

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Artículo 10. Estructura.
1. Bajo la dependencia inmediata de su Director General, el CEDEX se estructura en los órganos siguientes con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Programación Técnica y Científica.
b) El Centro de Estudios Hidrográficos.
c) El Centro de Estudios de Puertos y Costas.
d) El Centro de Estudios de Transporte.
e) El Centro de Estudios de Técnicas Aplicadas.
2. Corresponde a la Subdirección general de Programación Técnica y Científica el ejercicio de las funciones atribuidas al CEDEX en el artículo 4, apartados 4 y 14, así como la asistencia al Director general en las funciones propias del mismo.
3. Corresponde al Centro de Estudios Hidrográficos el ejercicio de las funciones atribuidas al CEDEX en el artículo 4, apartados 1, 2, 3, 5, 6, 11, 12, y 13, en el ámbito de las aguas continentales y sus infraestructuras naturales o artificiales.
4. Corresponde al Centro de Estudios de Puertos y Costas el ejercicio de las funciones atribuidas al CEDEX en el artículo 4, apartados 1, 2, 3, 5, 6, 11, 12, y 13, en el ámbito de las aguas marítimas y sus infraestructuras naturales o artificiales.
5. Corresponde al Centro de Estudios del Transporte el ejercicio de las funciones atribuidas al CEDEX en los apartados 1, 2, 3, 5, 6, 11, 12 y 13 del artículo 4, en el ámbito de las carreteras, líneas ferroviarias y planificación de transporte en general.
6. Corresponde al Centro de Estudios de Técnicas Aplicadas el ejercicio de las funciones atribuidas al CEDEX en el artículo 4, apartados 1, 2, 3, 5, 6, 10 (en lo no atribuido específicamente a la Escuela de Formación Técnica en el artículo 12.1), 10, 11, 12 y 13, en el ámbito de las ciencias técnicas básicas y de la transferencia de tecnología.
7. Los titulares de los órganos con nivel orgánico de subdirección general a los que se refiere este artículo serán nombrados y separados de su cargo por el Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, a propuesta del Director General del CEDEX, entre funcionarios, de acuerdo con las previsiones de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y la normativa vigente en materia de provisión de puestos de trabajo.
8. El Subdirector general de Programación Técnica y Científica sustituirá al Director general del CEDEX en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2010-7797 Leer Qué cambió
1 de abril de 2009 BOE-A-2009-5313 Leer Qué cambió
3 de junio de 2005 BOE-A-2005-9059 Leer Qué cambió
9 de noviembre de 2002 Texto original Leer

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