Legislación › Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)».
Artículo 5. Lugares de examen.
Artículo 5. Lugares de examen.
1. Las pruebas del examen para la obtención de los diplomas de español como lengua extranjera (DELE) podrán realizarse en:
a) Los centros del Instituto Cervantes.
b) Las universidades y las escuelas oficiales de idiomas, españolas o extranjeras, autorizadas al efecto.
c) Los centros docentes a través de los cuales se ejerce la acción educativa española en el exterior.
d) Otras instituciones, públicas o privadas, españolas o extranjeras, con las que se concierte la colaboración.


