Legislación › Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
Artículo 46. Competencias.
Artículo 46. Competencias.
Corresponde a las distintas Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, la realización de los controles e inspecciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.


