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Legislación › Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

Artículo 21. Dinero electrónico.

Artículo 21. Dinero electrónico.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 21/2011, de 26 de julio. BOE-A-2011-12909.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de julio de 2011 En vigor BOE-A-2011-12909 Leer Qué cambió
24 de noviembre de 2002 Texto original Leer

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