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Legislación › Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

Artículo 34. Modificaciones al Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros como consecuencia del establecimiento de nuevos mecanismos para la tramitación y liquidación de siniestros en el Estado de residencia del perjudicado.

Artículo 34. Modificaciones al Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros como consecuencia del establecimiento de nuevos mecanismos para la tramitación y liquidación de siniestros en el Estado de residencia del perjudicado.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.1.c) del Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre. BOE-A-2004-18910.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de noviembre de 2004 En vigor BOE-A-2004-18910 Leer Qué cambió
19 de enero de 2003 Texto original Leer

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