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Legislación › Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

Artículo 49. Formación continuada obligatoria de los auditores de cuentas.

Artículo 49. Formación continuada obligatoria de los auditores de cuentas.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.8 del Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio. BOE-A-2011-11345.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de julio de 2011 En vigor BOE-A-2011-11345 Leer Qué cambió
24 de noviembre de 2002 Texto original Leer

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