Legislación › Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
Artículo 51. Introducción de nuevas incompatibilidades para los auditores de cuentas y de medidas para su rotación.
Artículo 51. Introducción de nuevas incompatibilidades para los auditores de cuentas y de medidas para su rotación.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.8 del Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio. BOE-A-2011-11345.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de julio de 2011 En vigor | BOE-A-2011-11345 | Leer | Qué cambió |
| 24 de noviembre de 2002 | Texto original | Leer |


