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Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y el Principado de Andorra, hecho en Andorra el 9 de noviembre de 2001.

Artículo 33. Valoración de la incapacidad derivada de accidente de trabajo.

Artículo 33. Valoración de la incapacidad derivada de accidente de trabajo.

Para valorar la disminución de la capacidad y evaluar el grado de incapacidad, derivada de un accidente de trabajo, se tendrán en cuenta las secuelas de anteriores accidentes de trabajo que pudiera haber sufrido el trabajador, aunque éstos se hubieran producido estando sujeto a la legislación de la otra Parte.

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