Legislación › Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Artículo 5. Normativa aplicable.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de diciembre de 2002 y la del 13 de octubre de 2021.
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Artículo 5. Normativa aplicable.
En lo no previsto en este capítulo, serán de aplicación a las entidades sin fines lucrativos las normas del Impuesto sobre Sociedades.
No obstante, en el caso de entidades a que se refieren las letras f) y g) del artículo 2 de esta ley, se aplicará lo dispuesto en este capítulo y en el capítulo siguiente, entendiéndose hechas las referencias del Impuesto sobre Sociedades al Impuesto sobre la Renta de no Residentes. En lo no previsto en este capítulo, serán de aplicación las normas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de octubre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-16477 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 2002 | Texto original | Leer |


