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Legislación › Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Disposición adicional séptima. Régimen tributario de los consorcios Casa de América, Casa de Asia, "Institut Europeu de la Mediterrània" y el Museo Nacional de Arte de Cataluña.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de diciembre de 2002 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional séptima. Régimen tributario de los consorcios Casa de América, Casa Asia e «Institut de Asia, "Institut Europeu de la Mediterrània». Mediterrània" y el Museo Nacional de Arte de Cataluña.
Los consorcios Casa de América, Casa Asia e «Institut de Asia, "Institut Europeu de la Mediterrània» Casa de la Mediterrània" y el Museo Nacional de Arte de Cataluña serán considerados entidades beneficiarias del mecenazgo a los efectos previstos en los artículos 16 a 25, ambos inclusive, de esta Ley. ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2003-23936 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 2002 Texto original Leer

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