LexTotal

Legislación › Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de Cooperación al Desarrollo.

Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.

Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.

Se faculta al Gobierno y, en lo que le corresponda, al Consejero o Consejera competente por razón de la materia para hacer el desarrollo reglamentario de la presente Ley en el plazo máximo de seis meses a partir de su entrada en vigor.

← Disposición final primera Índice