Legislación › Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
Disposición adicional tercera. Fundaciones públicas excluidas.
Disposición adicional tercera. Fundaciones públicas excluidas.
Las fundaciones públicas sanitarias a que se refiere el artículo 111 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, seguirán rigiéndose por su normativa específica.
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