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Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 27 de diciembre de 2002 · Último cambio el 2 de agosto de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  5. Artículo 2. Concepto.
  6. Artículo 3. Fines y beneficiarios.
  7. Artículo 4. Personalidad jurídica.
  8. Artículo 5. Denominación.
  9. Artículo 6. Domicilio.
  10. Artículo 7. Fundaciones extranjeras.
  11. CAPÍTULO II
  12. Artículo 8. Capacidad para fundar.
  13. Artículo 9. Modalidades de constitución.
  14. Artículo 10. Escritura de constitución.
  15. Artículo 11. Estatutos.
  16. Artículo 12. Dotación.
  17. Artículo 13. Fundación en proceso de formación.
  18. CAPÍTULO III
  19. Artículo 14. Patronato.
  20. Artículo 15. Patronos.
  21. Artículo 16. Delegación y apoderamientos.
  22. Artículo 17. Responsabilidad de los patronos.
  23. Artículo 18. Sustitución, cese y suspensión de patronos.
  24. CAPÍTULO IV
  25. Artículo 19. Composición, administración y disposición del patrimonio.
  26. Artículo 20. Titularidad de bienes y derechos.
  27. Artículo 21. Enajenación y gravamen.
  28. Artículo 22. Herencias y donaciones.
  29. CAPÍTULO V
  30. Artículo 23. Principios de actuación.
  31. Artículo 24. Actividades económicas.
  32. Artículo 25. Contabilidad, auditoría y plan de actuación.
  33. Artículo 26. Obtención de ingresos.
  34. Artículo 27. Destino de rentas e ingresos.
  35. Artículo 28. Autocontratación.
  36. CAPÍTULO VI
  37. Artículo 29. Modificación de los Estatutos.
  38. Artículo 30. Fusión.
  39. Artículo 31. Causas de extinción.
  40. Artículo 32. Formas de extinción.
  41. Artículo 32 bis. Extinción judicial a instancia del Protectorado.
  42. Artículo 33. Liquidación. 2 redacciones · cambió el 20/10/2022
  43. CAPÍTULO VII
  44. Artículo 34. Protectorado. 2 redacciones · cambió el 02/10/2015
  45. Artículo 35. Funciones del Protectorado.
  46. CAPÍTULO VIII
  47. Artículo 36. El Registro de Fundaciones de competencia estatal. 2 redacciones · cambió el 29/06/2023
  48. Artículo 37. Efectos.
  49. CAPÍTULO IX
  50. Artículo 38. Consejo Superior de Fundaciones.
  51. Artículo 39. Funciones del Consejo Superior de Fundaciones.
  52. Artículo 40. Comisión de cooperación e información registral.
  53. CAPÍTULO X
  54. Artículo 41. Autorizaciones.
  55. Artículo 42. Intervención temporal.
  56. Artículo 43. Recursos jurisdiccionales.
  57. CAPÍTULO XI
  58. Artículo 44. Concepto. 2 redacciones · cambió el 02/10/2015
  59. Artículo 45. Creación. 3 redacciones · cambió el 02/10/2015
  60. Artículo 46. Régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 02/10/2015
  61. Disposición adicional primera. Fundaciones del Patrimonio Nacional.
  62. Disposición adicional segunda. Fundaciones de entidades religiosas.
  63. Disposición adicional tercera. Fundaciones públicas excluidas.
  64. Disposición adicional cuarta. Fundaciones constituidas al amparo de la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud.
  65. Disposición adicional quinta. Obligaciones de los notarios.
  66. Disposición adicional sexta. Depósito de cuentas y legalización de libros.
  67. Disposición adicional séptima. Fundaciones vinculadas a los partidos políticos.
  68. Disposición adicional octava. Fundaciones bancarias. 2 redacciones · cambió el 27/06/2014
  69. Disposición adicional novena.
  70. Disposición transitoria primera. Adaptación de los Estatutos de las fundaciones y modificación de la dotación.
  71. Disposición transitoria segunda. Fundaciones preexistentes del sector público estatal.
  72. Disposición transitoria tercera. Protectorados de fundaciones.
  73. Disposición transitoria cuarta. Registros de Fundaciones de competencia estatal.
  74. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  75. Disposición final primera. Aplicación de la Ley. 2 redacciones · cambió el 29/06/2023
  76. Disposición final segunda. Modificación del apartado 5 del artículo 6 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre.
  77. Disposición final tercera. Adaptación del Plan General de Contabilidad y normas de elaboración del plan de actuación.
  78. Disposición final cuarta. Desarrollo reglamentario.
  79. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  80. Firma