Legislación › Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Artículo 112. Funciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de diciembre de 2001 y la del 30 de diciembre de 2004.
Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 112. Funciones.
Las funciones del Director General del Instituto de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, serán establecidas reglamentariamente. (Suprimido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2004 En vigor | BOE-A-2005-2734 | Leer | Qué cambió |
| 26 de diciembre de 2001 | Texto original | Leer |


