Legislación › Ley
Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 5 de marzo de 2002 · Último cambio el 22 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios Rectores.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 3. Disposiciones generales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Las Áreas Sanitarias. 2 redacciones · cambió el 18/11/2009
- Artículo 5. Red sanitaria Única de Utilización Pública.
- Artículo 6. Principios de organización y funcionamiento.
- Artículo 7. Actividades del Sistema.
- Artículo 8. Consejo de Gobierno.
- Artículo 9. Consejería de Sanidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Dirección, planificación y programación.
- Artículo 11. Financiación.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 12. Autoridad Sanitaria.
- Artículo 13. Coordinación sanitaria.
- Artículo 14. Acreditación y evaluación sanitaria.
- Artículo 15. Salud Pública.
- Sección 2
- Artículo 16. Asistencia Sanitaria. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
- Sección 3
- Artículo 17. Salud Laboral.
- Sección 4
- Artículo 18. Corporaciones Locales.
- CAPÍTULO V
- Artículo 19. Régimen de Impugnación de los Actos.
- Artículo 20. Responsabilidad.
- Artículo 21. Representación y defensa en juicio.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 22. Principios generales. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- CAPÍTULO II
- Artículo 23. Definición.
- Artículo 24. Autorización Previa.
- Artículo 25. Vertebración de las organizaciones sanitarias privadas. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 26. Principios generales.
- Artículo 27. Derechos de los ciudadanos en relación con el sistema sanitario. 2 redacciones · cambió el 22/03/2017
- Artículo 28. Instrucciones Previas. 2 redacciones · cambió el 14/06/2005
- Artículo 29. Información Sanitaria.
- Artículo 30. Deberes de los ciudadanos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 31. Objeto.
- Artículo 32. Naturaleza.
- Artículo 33. Fines.
- Artículo 34. Funciones.
- Artículo 35. Organización.
- CAPÍTULO III
- Artículo 36. Objeto y naturaleza.
- Artículos 36 a 39.
- Artículo 37. Ámbito de actuación.
- Artículo 38. Funciones.
- Artículo 39. Nombramiento.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 40. Participación en general.
- CAPÍTULO II
- Artículo 41. Creación del Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid. 3 redacciones · cambió el 29/12/2014
- CAPÍTULO III
- Artículo 42. Naturaleza.
- Artículos 42 a 45.
- Artículo 43. Composición.
- Artículo 44. Funciones.
- Artículo 45. Régimen y funcionamiento.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 46. Naturaleza.
- Artículos 46 a 47.
- Artículo 47. Composición, régimen de funcionamiento y funciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 48. Naturaleza.
- Artículo 49. Fines.
- Artículo 50. Funciones.
- Artículo 51. Estructura.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 52. Incentivos a la participación.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 53. Principios.
- Artículo 54. Objeto.
- Artículo 55. Funciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 56. Educación para la Salud de la población.
- CAPÍTULO III
- Artículo 57. Cooperación en materia de Salud Pública.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 58. Objeto.
- Artículo 59. Naturaleza.
- CAPÍTULO II
- Artículo 60. Fines.
- Artículo 61. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 62. Bienes y derechos.
- Artículo 63. Régimen Patrimonial.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 64. Régimen financiero.
- Artículo 65. Régimen presupuestario.
- Artículo 66. Régimen contable.
- CAPÍTULO V
- Artículo 67. Actividades en general.
- Sección 1
- Artículo 68. Actividad de asignación presupuestaria o función de compra de servicios sanitarios. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- Artículo 69. El Contrato Sanitario.
- Sección 2
- Artículo 70. Actividad asistencial.
- Sección 3
- Artículo 71. Sobre la separación de funciones.
- CAPÍTULO VI
- Sección 1
- Artículo 72. Órganos de Gobierno y Dirección.
- Sección 2
- Artículo 73. Composición.
- Artículo 74. Funciones.
- Artículo 75. Régimen de funcionamiento.
- Sección 3
- Artículo 76. Naturaleza.
- Artículo 77. Funciones.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 78. Objeto.
- Artículo 79. Naturaleza.
- CAPÍTULO II
- Artículo 80. Fines.
- Artículo 81. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 82. Bienes y derechos.
- Artículo 83. Régimen patrimonial.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 84. Régimen financiero.
- Artículo 85. Régimen presupuestario.
- Artículo 86. Régimen contable.
- CAPÍTULO V
- Artículo 87. Personal.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 88. Organización y gestión. 3 redacciones · cambió el 08/06/2015
- CAPÍTULO VII
- Artículo 89. Actividad.
- CAPÍTULO VIII
- Sección 1
- Artículo 90. Órganos de Gobierno y Dirección.
- Sección 2
- Artículo 91. Composición.
- Artículo 92. Funciones.
- Artículo 93. Régimen de funcionamiento.
- Sección 3
- Artículo 94. Naturaleza.
- Artículo 95. Funciones.
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO I
- Artículo 96. Objeto.
- Artículo 97. Naturaleza.
- CAPÍTULO II
- Artículo 98. Fines y funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 99. Bienes y derechos.
- Artículo 100. Régimen patrimonial.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 101. Régimen financiero.
- Artículo 102. Régimen presupuestario.
- Artículo 103. Régimen contable.
- CAPÍTULO V
- Artículo 104. Personal.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 105. Con carácter general.
- Artículo 106. Con carácter específico.
- CAPÍTULO VII
- Sección 1
- Artículo 107. Órganos de Gobierno y Dirección. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Sección 2
- Artículo 108. Composición.
- Artículo 109. Funciones.
- Artículo 110. Régimen de funcionamiento.
- Sección 3
- Artículo 111. Naturaleza. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Artículo 112. Funciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- TÍTULO X
- CAPÍTULO I
- Artículo 113. Principios generales.
- Artículo 113 bis. Fundaciones para la Investigación Biomédica.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 114. Objeto.
- Artículo 115. Naturaleza.
- Sección 2
- Artículo 116. Fines.
- Artículo 117. Funciones.
- Sección 3
- Artículo 118. Bienes y derechos.
- Artículo 119. Régimen patrimonial.
- Sección 4
- Artículo 120. Régimen financiero.
- Artículo 121. Régimen presupuestario.
- Artículo 122. Régimen contable.
- Sección 5
- Artículo 123. Personal.
- Sección 6
- Artículo 124. Actividades.
- Artículo 125. Plan de Actuación para la Formación y la Investigación Sanitaria.
- Artículo 126. Procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Actuación.
- Artículo 127. Centros y entidades dependientes de la Agencia.
- Artículo 128. Comisiones dependientes de la Agencia. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
- Sección 7
- Artículo 129. Órganos de Gobierno y Dirección.
- Artículo 130. Consejo de Administración.
- Artículo 131. Director general.
- Sección 8
- Artículo 132. Consejo Científico Asesor de Formación e Investigación. 3 redacciones · cambió el 29/12/2010
- TÍTULO XI
- Artículo 133. Competencia.
- Artículo 134. Naturaleza.
- Artículo 135. Objeto de la Agencia Antidroga.
- Artículo 136. Principios generales.
- TÍTULO XII
- Artículo 137. Competencias.
- Artículo 138. Participación.
- Artículo 139. Delegación de competencias a las Corporaciones Locales.
- TÍTULO XIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 140. Inspección. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- CAPÍTULO II
- Artículo 141. Definición.
- Artículo 142. Relación con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 143. Calificación de las infracciones.
- Artículo 144. Infracciones.
- Artículo 145. Sanciones.
- Artículo 146. Competencia sancionadora.
- Artículo 147. Medidas Provisionales.
- Artículo 148. Otras medidas.
- Artículo 149. Prescripción y caducidad.
- Disposición adicional primera. Estabilidad en el empleo.
- Disposición adicional segunda. Desarrollo de las Agencias Sanitarias.
- Disposición adicional tercera. Subrogación del Servicio Madrileño de Salud.
- Disposición adicional cuarta. Integración de órganos especiales de gestión.
- Disposición adicional quinta. Inicio de actividades del Instituto Madrileño de la Salud.
- Disposición adicional sexta. Régimen de personal del Instituto de Salud Pública de la Comunidad de Madrid.
- Disposición adicional séptima. Régimen de personal de la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid.
- Disposición adicional octava. Coordinación de la Formación e Investigación Sanitaria.
- Disposición adicional novena. Desarrollo profesional del personal sanitario.
- Disposición adicional décima. Participación de los profesionales.
- Disposición adicional undécima. Comisiones de participación.
- Disposición adicional duodécima. Consejo Superior de Sanidad de Madrid.
- Disposición adicional decimotercera. Tramitación de expedientes y servicios públicos sanitarios prestados con medios ajenos.
- Disposición transitoria primera. Zonificación sanitaria.
- Disposición transitoria segunda. Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid.
- Disposición transitoria tercera. Consejo de Seguridad e Higiene Alimentaria.
- Disposición transitoria cuarta. Dirección del Servicio Madrileño de Salud.
- Disposición transitoria quinta. Implantación del modelo de compra de los servicios sanitarios.
- Disposición transitoria sexta. Régimen temporal de centros del Servicio Regional de Salud.
- Disposición transitoria séptima. Integración de Personal del Instituto Nacional de la Salud.
- Disposición transitoria octava. Integración de Personal de la Comunidad de Madrid.
- Disposición transitoria novena. Gestión Compartida.
- Disposición transitoria décima. Dirección del Instituto de Salud Pública de la Comunidad de Madrid.
- Disposición transitoria undécima. Dirección de la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid.
- Disposición derogatoria primera.
- Disposición final primera. Extinción del Servicio Regional de Salud.
- Disposición final segunda. Habilitación para las Transferencias.
- Disposición final tercera. Habilitación Presupuestaria.
- Disposición final cuarta. Habilitación Reglamentaria. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Disposición final quinta. Referencias Normativas.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma
- [Información relacionada]


