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Legislación › Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.

Artículo 39. Nombramiento.

Artículo 39. Nombramiento.

1. El Defensor del Paciente será nombrado y cesado por el Presidente de la Comunidad de Madrid a propuesta del Consejero de Sanidad.

2. El nombramiento es incompatible con todo cargo público, o de actividad política o sindical.

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