LexTotal

Legislación › Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional tercera. Subrogación del Servicio Madrileño de Salud.

Disposición adicional tercera. Subrogación del Servicio Madrileño de Salud.

El Servicio Madrileño de Salud queda subrogado en la titularidad de todos los bienes, derechos y obligaciones derivadas del extinto Organismo Autónomo Servicio Regional de Salud.

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →