Legislación › Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Artículo 41. Creación del Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2011 y la del 1 de enero de 2015.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (56 palabras).
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Artículo 41. Participación ciudadana. Creación del Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid.
(Suprimido) 1. Se crea el Consejo de Salud de la Comunidad de Madrid, como órgano de participación ciudadana en el sistema sanitario de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad.
2. Su naturaleza, régimen jurídico, funciones y composición se establecerán reglamentariamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-1956 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-8629 | Leer | Qué cambió |
| 26 de diciembre de 2001 | Texto original | Leer |


