Legislación › Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.
Artículo 47. Escuelas de Policía Local.
Artículo 47. Escuelas de Policía Local.
Los cursos de ingreso, capacitación, actualización y especialización de los policías locales podrán realizarse en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, escuelas concertadas y Escuelas Municipales de Policía Local.


