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Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.

Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 11 de enero de 2002 · Último cambio el 19 de julio de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Formación.
  6. Artículo 3. Denominación.
  7. Artículo 4. Ámbito territorial de actuación.
  8. Artículo 5. Creación de Cuerpos de la Policía Local.
  9. Artículo 6. Vigilantes municipales.
  10. TÍTULO II
  11. Artículo 7. Órganos.
  12. Artículo 8. Competencias de la Consejería de Gobernación.
  13. Artículo 9. Composición de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.
  14. Artículo 10. Funciones de la Comisión.
  15. TÍTULO III
  16. CAPÍTULO I
  17. Artículo 11. Naturaleza jurídica.
  18. Artículo 12. Jefatura del Cuerpo.
  19. Artículo 13. Armamento.
  20. Artículo 14. Uniformidad.
  21. Artículo 15. Medios técnicos.
  22. Artículo 16. Documento de acreditación profesional.
  23. Artículo 17. Registro de Policías Locales.
  24. CAPÍTULO II
  25. Artículo 18. Escalas y categorías.
  26. Artículo 19. Clasificación por grupos.
  27. Artículo 20. Plazas de Superintendente o Intendente Mayor.
  28. TÍTULO IV
  29. CAPÍTULO I
  30. Artículo 21. Funcionarios de carrera.
  31. Artículo 22. Derechos sindicales.
  32. Artículo 23. Incompatibilidades.
  33. Artículo 24. Interdicción de la huelga.
  34. Artículo 25. Retribuciones.
  35. Artículo 26. Premios y distinciones.
  36. CAPÍTULO II
  37. Sección 1
  38. Artículo 27. Edad de jubilación.
  39. Sección 2
  40. Artículo 28. Segunda actividad. Ámbito y naturaleza.
  41. Artículo 29. Causas.
  42. Artículo 30. Características.
  43. Artículo 31. Por razón de edad.
  44. Artículo 32. Por disminución de aptitudes psicofísicas.
  45. Artículo 33. Por embarazo.
  46. Artículo 34. Cuadro de aptitudes.
  47. Artículo 35. Razones excepcionales.
  48. CAPÍTULO III
  49. Artículo 36. Régimen aplicable.
  50. Artículo 37. Competencia sancionadora.
  51. TÍTULO V
  52. CAPÍTULO I
  53. Sección 1
  54. Artículo 38. Titulaciones académicas.
  55. Artículo 39. Tribunales.
  56. Artículo 40. Sistemas de acceso.
  57. Artículo 41. Procedimientos de selección.
  58. Sección 2
  59. Artículo 42. Criterios.
  60. Artículo 43. Funcionarios en prácticas.
  61. Sección 3
  62. Artículo 44. Requisitos.
  63. Sección 4
  64. Artículo 45. Derecho y porcentaje de reserva.
  65. Artículo 46. Requisitos.
  66. CAPÍTULO II
  67. Sección 1
  68. Artículo 47. Escuelas de Policía Local.
  69. Artículo 48. Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.
  70. Artículo 49. Escuelas Municipales de Policía Local.
  71. Artículo 50. Escuelas concertadas.
  72. Sección 2
  73. Artículo 51. Duración y programas.
  74. Artículo 52. Homologación de estudios.
  75. Artículo 53. Dispensa de curso.
  76. Artículo 54. Carrera profesional.
  77. Sección 3
  78. Artículo 55. Régimen disciplinario de los alumnos de las escuelas.
  79. TÍTULO VI
  80. CAPÍTULO I
  81. Artículo 56. Funciones.
  82. Artículo 57. Funciones por escalas.
  83. CAPÍTULO II
  84. Artículo 58. Convenios de colaboración.
  85. Artículo 59. Jefatura de los servicios supramunicipales.
  86. Artículo 60. Funciones de protección.
  87. Disposición adicional primera. Reglamentos de organización y servicios.
  88. Disposición adicional segunda. Cambio de denominación.
  89. Disposición transitoria primera. Titulaciones. 2 redacciones · cambió el 11/02/2012
  90. Disposición transitoria segunda. Convocatorias pendientes.
  91. Disposición transitoria tercera. Integración de funcionarios de la Policía Local.
  92. Disposición transitoria cuarta. Promoción interna. Dispensa de titulación. 2 redacciones · cambió el 11/02/2012
  93. Disposición transitoria quinta. Acceso de los interinos existentes.
  94. Disposición transitoria sexta. Acceso de los vigilantes municipales en municipios que creen Cuerpo de Policía.
  95. Disposición transitoria séptima. Vigilantes municipales a extinguir.
  96. Disposición transitoria octava. Correspondencia de categorías.
  97. Disposición transitoria novena. Criterios de proporcionalidad entre las diferentes categorías.
  98. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  99. Disposición final primera. Desarrollo de la Ley.
  100. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  101. Firma