Legislación › Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.
Artículo 19. Determinación de los artículos ofertados.
Artículo 19. Determinación de los artículos ofertados.
En el caso de que se oferten productos a precio normal y a precio reducido, unos y otros deberán estar suficientemente separados, de forma que no puedan, razonablemente, confundirse, y distinguiendo, en su caso, la existencia de saldos, liquidaciones, descuentos u obsequios.


