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Legislación › Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.

Artículo 19. Determinación de los artículos ofertados.

Artículo 19. Determinación de los artículos ofertados.

En el caso de que se oferten productos a precio normal y a precio reducido, unos y otros deberán estar suficientemente separados, de forma que no puedan, razonablemente, confundirse, y distinguiendo, en su caso, la existencia de saldos, liquidaciones, descuentos u obsequios.

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