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Legislación › Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.

Artículo 20. Promociones limitadas a determinados colectivos.

Artículo 20. Promociones limitadas a determinados colectivos.

Las normas que regulan las ventas recogidas en el presente título serán aplicables aun cuando estas actividades promocionales vayan dirigidas a un número restringido de personas, previamente seleccionadas.

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