Legislación › Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación.
Artículo 75. Modificación de los Estatutos.
Artículo 75. Modificación de los Estatutos.
La reforma de los Estatutos sólo podrá verificarse por acuerdo de la Asamblea General extraordinaria, a propuesta de la Junta de Gobierno, previo informe del Consejo de Colegio, y posterior remisión a la Administración pública competente, para su tramitación legal.


