Legislación › Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición final primera. Habilitación al Consejo de Gobierno.
Disposición final primera. Habilitación al Consejo de Gobierno.
El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma dictará las disposiciones de desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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