Legislación › Real Decreto 327/2002, de 5 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior.
Artículo 11. El Decano.
Artículo 11. El Decano.
El Decano ostenta la representación legal del Colegio, convoca y preside la Asamblea General y la Junta de Gobierno velando por la debida ejecución de sus acuerdos y adoptando en los casos de urgencia las medidas procedentes. También preside las reuniones de los demás órganos colegiales cuando asista y ejerce cuantas otras funciones le asignen los Estatutos de su Colegio.


