Legislación › Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.
Artículo 6. Inspecciones de la Unión Europea.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 9 de marzo de 2023.
Tachado: lo que se quitó (151 palabras). Subrayado: lo que se añadió (44 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 6. Controles de la Comisión. Inspecciones de la Unión
1. En la realización de los controles que los expertos en veterinaria de la ComisiónEuropea realicen, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 9 de la Directiva 1999/74/CE, del Consejo, de 19 de julio, representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrán acompañar a los representantes de los Europea.
Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. comunidades autónomas y de las
2. Cuando se realicen dichos controles, los órganos competentesComunidades Autónomas ciudades de Ceuta y del Melilla, y así como el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el ámbito de sus competencias, deberán prestar a los expertos veterinarios de la Comisión de la Unión Europea toda facilitarán la asistencia que necesiten necesaria para el cumplimiento de su cometido. sus funciones en el caso de
3. El resultadolos controles efectuados deberá discutirse entre los que expertos veterinarios de la Comisión Europea y los representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, antes de la elaboración y difusión de un informe definitivo, estableciéndose, a estos efectos, entre el Ministerio y las autoridades competentes afectadas, los mecanismos Europea, solos o acompañados de colaboración oportunos. expertos nacionales, realicen controles en
4. Las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para tenercuenta los resultados el Reino de España, incluyendo auditorías, pudiendo los controles efectuados. representantes del citado Departamento acompañar a dichos expertos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-6083 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | Texto original | Leer |


