LexTotal

Legislación › Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Carreteras y Caminos.

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del Boletín Oficial.

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del Boletín Oficial.

Será gratuita la publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears» de los anuncios, los acuerdos y demás documentos exigidos por el ordenamiento jurídico, como consecuencia del ejercicio, por parte de los Consejos Insulares, de las competencias atribuidas por esta Ley.

← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →