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Legislación › Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Carreteras y Caminos.

Disposición adicional octava. Variación del coste efectivo.

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Disposición adicional octava. Variación del coste efectivo.
Como consecuencia de la ampliación de la red viaria que se producirá al haber ejecutado los proyectos de carreteras que se mencionan en la disposición anterior, los recursos que se transfieren a los Consejos Insulares se dispondrán de la siguiente manera:
a) 6.644.463.264 pesetas de coste efectivo anual global, en pesetas del año base 2001, para los primeros tres ejercicios presupuestarios, a contar desde la efectividad de la atribución de competencias prevista en esta Ley. Este coste efectivo debe actualizarse en función de las reglas de evolución temporal correspondiente, que se prevén en el punto 1 del artículo 10 de esta Ley.
b) 8.644.463.264 pesetas de coste efectivo anual global, en pesetas del año base 2001, para los ejercicios presupuestarios siguientes. Este coste efectivo deberá actualizarse en función de las reglas de evolución temporal correspondiente, que se prevén en el punto 1 del artículo 10 de esta Ley.
(Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de junio de 2014 En vigor BOE-A-2014-7535 Leer Qué cambió
23 de diciembre de 2001 Texto original Leer

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