Legislación › Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
Disposición adicional quinta. Aparejos de anzuelo en la pesca marítima de recreo en aguas interiores.
Disposición adicional quinta. Aparejos de anzuelo en la pesca marítima de recreo en aguas interiores.
Reglamentariamente se establecerá el tipo y características de los aparejos de anzuelo permitidos en la pesca marítima de recreo en aguas interiores.
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →


