Legislación › Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.
Artículo 73. Naturaleza del Servicio Riojano de Salud.
Artículo 73. Naturaleza del Servicio Riojano de Salud.
1. El Servicio Riojano de Salud es un organismo autónomo administrativo, dotado de personalidad jurídica propia, patrimonio y tesorería propios y de autonomía de gestión.
2. El Servicio Riojano de Salud queda adscrito a la Consejería competente en materia de salud del Gobierno de La Rioja, a la cual corresponderá su dirección, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.


