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Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.
En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 3 de mayo de 2002 · Último cambio el 22 de julio de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Principios orientadores.
- Artículo 3. Relaciones con otras Administraciones Públicas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Titulares de los derechos de esta Ley.
- Artículo 5. Derechos relacionados con la igualdad y la no discriminación de las personas.
- Artículo 6. Derechos relacionados con la autonomía de la voluntad. 3 redacciones · cambió el 09/03/2006
- Artículo 7. Derechos relacionados con la intimidad y la confidencialidad.
- Artículo 8. Derechos relacionados con la constitución genética de la persona.
- Artículo 9. Derechos relacionados con la investigación y la experimentación científica.
- Artículo 10. Derechos relacionados con la promoción y protección de la salud y la prevención de la enfermedad.
- Artículo 11. Derechos relacionados con la información asistencial y el acceso a la documentación clínica.
- Artículo 12. Derechos relacionados con el acceso a la atención sanitaria.
- Artículo 13. Derechos relacionados con la información general sobre los servicios sanitarios y la participación de los ciudadanos.
- Artículo 14. Derechos relacionados con la calidad asistencial.
- CAPÍTULO II
- Artículo 15. Deber de autocuidado.
- Artículo 16. Deber del buen uso de derechos, recursos y prestaciones.
- Artículo 17. Deber de cumplir las prescripciones sanitarias comunes y específicas.
- Artículo 18. Deber de respetar las actuaciones de promoción y prevención de la salud.
- Artículo 19. Deber de buen uso de instalaciones y servicios.
- Artículo 20. Deber de respetar las normas y a los profesionales de los centros asistenciales.
- Artículo 21. Deber de identificación leal de la filiación y el estado.
- Artículo 22. Deber de firmar la negativa a las actuaciones sanitarias.
- Artículo 23. Deber de aceptar el alta.
- CAPÍTULO III
- Artículo 24. Garantías.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 25. Del Defensor del Usuario.
- Artículo 26. De la designación del Defensor del Usuario.
- Artículo 27. Incompatibilidades.
- Artículo 28. Actuaciones.
- Artículo 29. Ámbito de actuación.
- Artículo 30. Funciones.
- Artículo 31. Obligación de colaboración.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 32. Concepto-finalidad.
- Artículo 33. Características.
- Artículo 34. Recursos.
- Artículo 34 bis. Gestión y administración de los centros, servicios y establecimientos públicos del sistema público de salud de La Rioja.
- Artículo 35. Recursos humanos del Sistema Público de Salud de La Rioja.
- Artículo 36. Clasificación o régimen jurídico del personal del Sistema.
- Artículo 37. Prestaciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 38. Naturaleza y características.
- Artículo 39. Procedimiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 40. Área de Salud.
- Artículo 41. Zona Básica de Salud.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 42. Funciones generales.
- Artículo 43. Ámbitos de actuación.
- Artículo 44. La salud pública.
- Artículo 45. De la salud laboral.
- Artículo 46. Asistencia sanitaria.
- Artículo 47. Sistemas de información de salud.
- CAPÍTULO V
- Artículo 48. Niveles asistenciales.
- Artículo 49. De la atención primaria.
- Artículo 50. De la atención especializada.
- Artículo 51. Salud mental y drogodependencias.
- Artículo 52. Atención a las urgencias y emergencias.
- Artículo 53. Atención sociosanitaria.
- Artículo 54. Desplazamientos.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 55. Participación en general.
- CAPÍTULO II
- Artículo 56. Participación ciudadana.
- CAPÍTULO III
- Artículo 57. Definición y constitución.
- Artículo 58. Adscripción.
- Artículo 59. Composición, funcionamiento y atribuciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 60. Definición y constitución.
- Artículo 61. Adscripción.
- Artículo 62. Composición, funcionamiento y atribuciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 63. Definición y constitución.
- Artículo 64. Adscripción.
- Artículo 65. Composición, funcionamiento y atribuciones.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 66. Creación de otros órganos de representación ciudadana.
- TÍTULO V
- Artículo 67. Financiación. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 68. De la autoridad sanitaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 69. Del Gobierno de La Rioja. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- CAPÍTULO III
- Artículo 70. Competencias. 3 redacciones · cambió el 30/12/2023
- CAPÍTULO IV
- Artículo 71. Competencias de las Corporaciones Locales.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 72. Objeto del Servicio Riojano de Salud.
- Artículo 73. Naturaleza del Servicio Riojano de Salud.
- CAPÍTULO II
- Artículo 74. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 75. Personal.
- Artículo 76. Régimen jurídico del personal del Servicio Riojano de Salud.
- Artículo 77. Selección e incompatibilidades del personal del Servicio Riojano de Salud.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 78. Medios materiales.
- Artículo 79. Del Patrimonio.
- CAPÍTULO V
- Artículo 80. Financiación.
- Artículo 81. Del presupuesto.
- Artículo 82. De contabilidad.
- Artículo 83. Intervención y control.
- Artículo 84. Asesoramiento y defensa jurídica.
- Artículo 85. Régimen de contratación administrativa. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Artículo 86. Régimen jurídico de los actos. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- CAPÍTULO VI
- Artículo 87. Estructura. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Artículo 87 bis. El Presidente del Servicio Riojano de Salud. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 88. Consejo de Administración del Servicio Riojano de Salud. Definición, composición y funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Artículo 89. Atribuciones y funciones del Consejo de Administración del Servicio Riojano de Salud. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Artículo 90. Funciones del Presidente del Consejo de Administración del Servicio Riojano de Salud. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Artículo 91. El Gerente del Servicio Riojano de Salud. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Artículo 92. Funciones del Gerente del Servicio Riojano de Salud. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Artículo 93. Áreas de Salud y Gerentes de Área.
- TÍTULO VIII
- Artículo 94. Colaboración con la iniciativa privada.
- Artículo 95. Del sistema de relación contractual.
- Artículo 96. Efectos de los convenios y conciertos.
- Artículo 97. Requisitos de las entidades o servicios para suscribir convenios o conciertos con el Sistema Público de Salud de La Rioja.
- Artículo 98. Contenido de los conciertos.
- Artículo 99. Causas de denuncia o extinción del convenio o concierto.
- Artículo 100. Entidades colaboradoras.
- Artículo 101. De colaboración con las oficinas de farmacia.
- TÍTULO IX
- Artículo 102. Docencia.
- Artículo 103. Investigación sanitaria.
- TÍTULO X
- Artículo 104. Actuaciones.
- Artículo 105. Evaluación.
- Artículo 106. Medidas preventivas.
- Artículo 107. Inspección.
- TÍTULO XI
- Artículo 108. Definición.
- Artículo 109. Relación con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 110. Calificación de las infracciones.
- Artículo 111. Infracciones. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 112. Sanciones. 2 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 113. Medidas provisionales.
- Artículo 114. Otras medidas.
- Artículo 115. Prescripción y caducidad.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava. Servicios prestados en la extinta Fundación Hospital Calahorra.
- Disposición adicional novena. Nombramientos de extranjeros extracomunitarios como personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta. 2 redacciones · cambió el 12/02/2005
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- [firma]


