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Legislación › Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

Hasta tanto no se constituyan los diferentes órganos de participación en el Sistema Público de Salud de La Rioja y en el Servicio Riojano de Salud, continuarán en funcionamiento los existentes en la actualidad.

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