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Legislación › Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.

Artículo 62. Composición, funcionamiento y atribuciones.

Artículo 62. Composición, funcionamiento y atribuciones.

Reglamentariamente se establecerá la composición, organización, atribuciones y funcionamiento del Consejo de Salud de Área que se atendrá a criterios de participación democrática de todos los interesados, garantizando en todo caso la participación de las Administraciones Locales, las organizaciones sindicales más representativas a través de los profesionales sanitarios titulados, las organizaciones empresariales más representativas y las organizaciones sociales del Área.

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