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Legislación › Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.

Artículo 87. Estructura.

Artículo 87. Estructura.

El Servicio Riojano de Salud se estructura en los siguientes máximos órganos de dirección:

a) El Presidente, que lo será el titular de la Consejería competente en materia de salud.

b) El Consejo de Administración.

c) El Gerente.

Se modifica por el art. 6 de la Ley 1/2005, de 11 de febrero. BOE-A-2005-3427

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de febrero de 2005 En vigor BOE-A-2005-3427 Leer Qué cambió
23 de abril de 2002 Texto original Leer

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