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Legislación › Real Decreto 367/2002, de 19 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia de Farmacia y se aprueban sus Estatutos.

Artículo 27. Conservación del patrimonio.

Artículo 27. Conservación del patrimonio.

1. La Junta general, y por delegación la Junta de Gobierno, tienen el deber de conservar el patrimonio en el mejor estado posible, evitar su deterioro y procurar su engrandecimiento, haciendo las inversiones que se precisen para ello.

2. El Secretario velará por el mejor cumplimiento de aquel objetivo.

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