Legislación › Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública.
Artículo 13. Modificación de la tasa por la prestación de servicios docentes de las escuelas oficiales de idiomas.
Artículo 13. Modificación de la tasa por la prestación de servicios docentes de las escuelas oficiales de idiomas.
Se modifica el apartado tercero del artículo 88 bis de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que quedará redactado de la siguiente manera:
«3.º Cuantía.
La tasa se exigirá de acuerdo con las tarifas siguientes:
1. Alumnos oficiales:
Apertura de expediente: 17,00 euros.
Matrícula por asignaturas 108,18 euros.
Servicios generales 7,50 euros.
2. Alumnos de enseñanza libre:
Apertura de expediente 17,00 euros.
Derechos de examen del ciclo elemental: 60,10 euros.
Derechos de examen del ciclo superior: 60,10 euros.
Servicios generales: 7,50 euros.»


