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Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 16 de enero de 2002 · Último cambio el 31 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Deducciones sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Artículo 2. Modificación de la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de directrices de ordenación territorial. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Artículo 3. Tasa fiscal sobre el juego. 3 redacciones · cambió el 07/08/2014
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Creación de la tasa por inscripciones en el Registro de Colegios Profesionales y modificación del capítulo II del título I de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Artículo 5. Creación de la tasa por los servicios administrativos derivados de la autorización, homologación e inscripción de las máquinas «D» o máquinas grúa.
- Artículo 6. Creación de la tasa por la prestación de servicios de fotocopias, copias y expedición de certificados en la Consejería de Medio Ambiente y modificación del capítulo II del título VI de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Artículo 7. Creación de una tasa específica por la prestación de determinados servicios relacionados con el Laboratorio del Agua de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente.
- Artículo 8. Creación de una tasa por reportajes publicitarios en espacios naturales protegidos y fincas de titularidad pública.
- Artículo 9. Creación de la tasa por solicitud de la realización de ensayos clínicos con medicamentos.
- Artículo 10. Modificación de determinados aspectos del capítulo III del título III de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Artículo 11. Modificación de determinados aspectos de la tasa por la prestación de los servicios de cotejo de documentos y expedición de títulos por parte del Instituto Balear de Seguridad Pública.
- Artículo 12. Modificación de determinados aspectos de la tasa por la prestación de servicios derivados de la actividad docente realizada por los conservatorios profesionales de música y danza de las Illes Balears.
- Artículo 13. Modificación de la tasa por la prestación de servicios docentes de las escuelas oficiales de idiomas.
- Artículo 14. Modificación de determinados aspectos de la tasa por la prestación de servicios docentes en la Escuela Superior de Diseño y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
- Artículo 15. Modificación de determinados aspectos de la tasa de evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 16. Modificación de determinados aspectos del capítulo VII del título VI, de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Artículo 17. Modificación de determinados aspectos de la tasa por autorización de vertidos de agua.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 18. Régimen de control de las entidades de derecho público.
- Artículo 19. Modificación de determinados aspectos de la Ley 1/1986, de 5 de febrero, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Artículo 20. Normativa aplicable en la tramitación de programas cofinanciados con fondos de la Unión Europea.
- CAPÍTULO II
- Artículo 21. Matrícula anual para cotos privados de caza y para campos para adiestramiento de perros.
- Artículo 22. Comiso de animales utilizados en infracciones de caza.
- Artículo 23. Señalización de terrenos cerrados a efectos de prohibición de caza.
- CAPÍTULO III
- Artículo 24. Regulación del canon por vertidos desde tierra al mar en función de la carga contaminante. 3 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Artículo 25. Fianza por la autorización de vertidos al mar.
- Artículo 26. Infracciones y sanciones en materia de costas.
- Artículo 27. Régimen sancionador en materia de costas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 28. Régimen de gestión de apuestas hípicas. 2 redacciones · cambió el 07/08/2014
- TÍTULO III
- Artículo 29. Modificación de determinados aspectos de la Ley 2/1989, de 22 de febrero, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Artículo 30. Del complemento de destino de los funcionarios o personal laboral fijo que hayan sido altos cargos.
- Artículo 31. Composición del Consejo Balear de la Función Pública.
- Artículo 32. Ámbito del proceso de funcionarización del personal laboral docente de los conservatorios profesionales de música y danza de Palma, de Menorca y de Eivissa y Formentera.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35. Promoción interna de la escala de guardas forestales a la escala de agentes de medio ambiente.
- Artículo 36. Promoción interna de los funcionarios del cuerpo de auxiliares facultativos, especialidad de auxiliares de puericultura y especialidad de auxiliar de clínica, grupo D, que prestan servicios en las guarderías infantiles, al cuerpo de ayudantes facultativos en la escala de educadores infantiles del cuerpo de ayudantes facultativos.
- Artículo 37. Extinción de la escala de guardas forestales y de la especialidad de auxiliares facultativos de puericultura del cuerpo de ayudantes facultativos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta. Modificación de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- [firma]


