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Legislación › Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública.

Artículo 17. Modificación de determinados aspectos de la tasa por autorización de vertidos de agua.

Artículo 17. Modificación de determinados aspectos de la tasa por autorización de vertidos de agua.

Se modifica el artículo 178 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que pasa a tener la siguiente redacción:

«Artículo 178. Cuantía.

La cuota se determinará atendiendo al presupuesto del proyecto, conforme a la siguiente tarifa:

Presupuesto del proyecto:

a) Presupuesto igual o superior a 300.506,05 euros: 3.185,36 euros.

b) Presupuesto entre 60.101,21 euros y 300.506,04 euros: 637,07 euros.

c) Presupuesto entre 30.050,61 euros y 60.101,20 euros: 330,56 euros.

d) Presupuesto entre 12.020,24 euros y 30.050,60 euros: 247,92 euros.

e) Presupuesto entre 0,00 euros y 12.020,23 euros: 185,94 euros.

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