Legislación › Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública.
Artículo 31. Composición del Consejo Balear de la Función Pública.
Artículo 31. Composición del Consejo Balear de la Función Pública.
Se añaden dos letras al artículo 21.1 de la Ley 2/1989, de 22 de febrero, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con la redacción siguiente:
«j) El Director general competente en materia de personal docente.
k) El Director general competente en materia de personal sanitario.»


