LexTotal

Legislación › Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública.

Artículo 3. Tasa fiscal sobre el juego.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 8 de agosto de 2014. Tachado: lo que se quitó (43 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 3. Tasa fiscal sobre el juego.
1. (Derogado).
2. (Derogado).
3. De los ingresos correspondientes a las tasas sobre los juegos de promoción del trote a que se refieren los apartados 1.1 d) i 2 del presente artículo, el 61 por 100 se destinará a nutrir un fondo destinado a la promoción del trote. (Derogado).
4. Se modifica el artículo 4.3.3 de la Ley 12/1999, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública y económicas, en los siguientes términos:
En el caso del juego del bingo, la tasa se devengará en el momento de suministrar los cartones a la entidad titular de la autorización administrativa correspondiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de agosto de 2014 En vigor BOE-A-2014-8888 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-953 Leer Qué cambió
1 de enero de 2002 Texto original Leer

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →