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Legislación › Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón.

Artículo 19. De los cambios de titularidad de los cotos de caza.

Artículo 19. De los cambios de titularidad de los cotos de caza.

Previa renuncia del titular de un coto, la Administración podrá autorizar cambios de titularidad en las distintas modalidades de cotos de caza mediando el correspondiente trámite de audiencia a los interesados antes de su otorgamiento al nuevo titular.

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