Legislación › Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón.
Artículo 68. Importación y exportación de piezas de caza.
Artículo 68. Importación y exportación de piezas de caza.
Para la importación y exportación de piezas de caza vivas o muertas y, en general, en cuanto a comercio internacional de estas especies, incluidos los trofeos, se estará a lo dispuesto en la legislación estatal y en las normas de la Unión Europea.


