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Legislación › Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón.

Artículo 68. Importación y exportación de piezas de caza.

Artículo 68. Importación y exportación de piezas de caza.

Para la importación y exportación de piezas de caza vivas o muertas y, en general, en cuanto a comercio internacional de estas especies, incluidos los trofeos, se estará a lo dispuesto en la legislación estatal y en las normas de la Unión Europea.

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