Legislación › Ley 4/2002, de 11 de abril, de Cooperativas de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 142. Federaciones de Cooperativas.
Artículo 142. Federaciones de Cooperativas.
1. Las Federaciones de Cooperativas podrán estar integradas por sociedades cooperativas de la misma clase o sector de actividad directamente o por Uniones de Cooperativas, y su ámbito territorial deberá extenderse a toda la Comunidad Autónoma.
2. Para la constitución de una Federación de Cooperativas se precisará la asociación de, al menos, veinte sociedades cooperativas directamente o a través de Uniones que la integren.


