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Legislación › Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Artículo 15. Memoria de actividades.

Artículo 15. Memoria de actividades.

Dentro de los tres meses siguientes a la terminación de cada ejercicio económico, el Consejo de Cuentas elaborará una Memoria anual descriptiva del conjunto de su actividad durante el año precedente. Esta Memoria será remitida a las Cortes de Castilla y León, por conducto de la Mesa de la Cámara.

Se modifica por el art. único.4 de la Ley 6/2008, de 15 de octubre. BOE-A-2008-17258.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de octubre de 2008 En vigor BOE-A-2008-17258 Leer Qué cambió
7 de mayo de 2002 Texto original Leer

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