Legislación › Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
Artículo 15. Memoria de actividades.
Artículo 15. Memoria de actividades.
Dentro de los tres meses siguientes a la terminación de cada ejercicio económico, el Consejo de Cuentas elaborará una Memoria anual descriptiva del conjunto de su actividad durante el año precedente. Esta Memoria será remitida a las Cortes de Castilla y León, por conducto de la Mesa de la Cámara.
Se modifica por el art. único.4 de la Ley 6/2008, de 15 de octubre. BOE-A-2008-17258.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de octubre de 2008 En vigor | BOE-A-2008-17258 | Leer | Qué cambió |
| 7 de mayo de 2002 | Texto original | Leer |


