Legislación › Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón.
Artículo 35. Órganos de participación en los centros hospitalarios.
Artículo 35. Órganos de participación en los centros hospitalarios.
1. Los centros hospitalarios del Sistema de Salud de Aragón tendrán como órganos de participación:
a) Las comisiones de participación hospitalaria.
b) Las comisiones de bienestar social.
2. La composición y funciones de estos órganos se establecerán reglamentariamente.


