Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 202. Sujetos Pasivos.
Artículo 202. Sujetos Pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas que soliciten las actuaciones administrativas constitutivas del hecho imponible.
Se añade por el art. 23 de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. BOE-A-2013-665


