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Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 23. Cuota por inserción de anuncios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de julio de 2012 y la del 1 de enero de 2014. Tachado: lo que se quitó (13 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 23. Cuota por inserción de anuncios.
0,100 Por inserción de anuncios: 0,12 euros por dígito. En esta cuota no se incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-839 Leer Qué cambió
18 de julio de 2012 BOE-A-2012-10158 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2010-564 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2827 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2006-1183 Leer Qué cambió
1 de enero de 2002 Texto original Leer

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