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Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 97. Exenciones y bonificaciones.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 97. Exenciones y bonificaciones.
1. Estarán exentos del pago de la cuota correspondiente a la licencia de pesca los residentes en Castilla y León, mayores de 65 años, los menores de dicha edad que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 y los mayores de 60 años que estén jubilados.
2. Tendrán una reducción del 50 cincuenta por 100 ciento de la cuota por permisos de pesca y autorizaciones de pesca en escenarios deportivo-sociales de pesca las personas mayores de 65 años o menores de 16 años.
3. En los supuestos en que la tasa derive de cambio de titularidad de centros de acuicultura y esta se haya producido por transmisión mortis causa la cuota sufrirá una reducción del 95 por 100 para los herederos forzosos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-839 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-665 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2006-1183 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-806 Leer Qué cambió
1 de enero de 2002 Texto original Leer

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