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Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

CAPÍTULO XLII

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2012 y la del 15 de mayo de 2024. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (48 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO XLII
Tasa por expedición de certificados de profesionalidad, acreditaciones parciales acumulables y expedición de duplicados
Téngase en cuenta que se procede a la exención de la tasa regulada en este capítulo, desde el 15 de mayo de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025, ambos días inclusive, según establece la disposición adicional 1 de la Ley 4/2024, de 9 de mayo. BOE-A-2024-14546

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-14546 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2012 BOE-A-2012-4385 Leer

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