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Legislación › Ley 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 16. Presupuestos.

Artículo 16. Presupuestos.

El Ente elaborará anualmente, antes del 31 de agosto, un anteproyecto de presupuestos con la estructura que se señale por la Consejería de Economía y Hacienda y lo remitirá a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para su examen, modificación en su caso y posterior incorporación al Anteproyecto de Presupuestos de cada ejercicio.

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